Cómo calcular el haber jubilatorio

Esta es la pregunta que se hace cualquier empleado que trabaja en Argentina. Sin embargo, la respuesta no es tan sencilla. A continuación, se explican algunos conceptos básicos para ayudar a entender cómo se determina el pago que se recibirá cuando se jubile. Es importante aclarar que esta explicación es meramente didáctica, ya que cada persona debe tener en cuenta sus circunstancias particulares para calcular su pago de jubilación.

Por si fuera poco, no solo te brindamos la explicación, también hemos hecho una calculadora interactiva que te permitirá calcular tu haber jubilatorio. Eso sí, esta calculadora no es oficial ni pretende serlo, por lo que es meramente informativa.

¿Cuándo puedo jubilarme?

Es necesario cumplir con ciertos requisitos para poder jubilarse a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Los requisitos son: haber hecho aportes por 30 años, tener 60 años si se es mujer o 65 años si se es hombre.

¿Cómo se calcula mi pago de jubilación por ANSES?

Para calcular el pago de jubilación, ANSES determina primero el promedio de las últimas 120 remuneraciones actualizadas. Es importante aclarar que si se han tenido períodos intermedios sin trabajo, estos no se tienen en cuenta en el cálculo. ANSES siempre toma el promedio desde el momento del cese laboral.

Para realizar este promedio, ANSES se basa en un índice que tiene en cuenta los incrementos jubilatorios del período. Este índice se actualiza cada trimestre junto con la movilidad «m».

Para entender mejor cómo se calcula el pago de jubilación, se deben analizar cada uno de sus componentes: Prestación Básica Universal (PBU) + Prestación Compensatoria (PC) + Prestación por Permanencia (PAP) + «m».

PRESTACIÓN BÁSICA UNIVERSAL (PBU)

La PBU se establece en el artículo 19 de la Ley 24.241. En diciembre de 2022, la PBU es de $22.929,56. Esta cantidad se ajusta cada trimestre.

PRESTACIÓN COMPENSATORIA (PC)

La PC está prevista en el artículo 24 de la ley 24.241, que fue modificado por el artículo 12 de la ley 26.417. Para acceder a este beneficio, se debe acreditar haber trabajado por más de seis meses antes del 30 de junio de 1994.

Este pago es el equivalente al 1,5% del sueldo bruto promedio de los últimos 120 meses actualizados, sin contar los aguinaldos, y anteriores al cese de actividad, multiplicado por la cantidad de años de aportes (máximo 35 años) anteriores al 30/06/1994. Si el período computado supera los treinta y cinco años, se consideran los treinta y cinco años más favorables. Si dentro de ese período hay lapsos inactivos, estos no se computan.

Es importante destacar que el artículo 24 de la ley 24.241 establece que las remuneraciones deben actualizarse para no perder valor adquisitivo. Por lo tanto, no se deben tomar a valor histórico, sino al valor actualizado al cese laboral. La ley no define qué índice se debe utilizar para actualizar dichos salarios. Por ello, ANSES publicó diferentes resoluciones con distintos índices para hacer efectivas las liquidaciones de los futuros beneficiarios.

Calculadora de Jubilación

A continuación te dejamos una calculadora con la que podrás calcular tu jubilación. Esta en fase beta, por lo que si detectas alguna falla, te rogamos que nos lo comuniques para que podamos solucionarla.

Calculadora de Jubilación

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